La presente entrada contiene el borrador final de la propuesta de procedimiento de promoción de personal a contrata la cual fue solicitada por el Director regional a la comisión que trabajó en la propuesta regional de carrera funcionaria.
Este fue presentado a socios y socias en la asamblea del pasado 11 de julio del 2013.
Este fue presentado a socios y socias en la asamblea del pasado 11 de julio del 2013.
I.
PROMOCION DE PERSONAL A CONTRATA
La carrera funcionaria es un derecho
del funcionario, por tal razón el Servicio Agrícola y Ganadero debe crear los mecanismos para que ésta sea una
herramienta que permita su crecimiento y
desarrollo en la organización.
Para efectos de esta propuesta, se
considera promoción el proceso que da cuenta de la aspiración y derecho del
personal a contrata para ascender a grados superiores en reconocimiento a su
capacidad y experiencia en su función o por asumir funciones de mayor
responsabilidad, de acuerdo a una
evaluación objetiva de un conjunto de factores.
Todos los ascensos y promociones obligatoriamente deberán
efectuarse a través de un mecanismo de concurso interno o
proceso periódico de promoción.
El
proceso de promoción de personal a contrata deberá realizarse, existiendo
disponibilidad presupuestaria, a lo menos cada tres años.
Las funciones corresponderán a las
indicadas en perfiles de cargo. Si una función no existe debe ser creada y sus
perfiles completados previamente al concurso.
El proceso de promoción será gestionado por una Comisión de Ingreso y
Promoción (CIP), compuesta por:
·
Directora/a Regional
·
Encargado/a
de Personas: quien será la secretaria/o de la comisión.
·
Encargado/a
de Administración y Finanzas
·
Representante
de la Asociación
de Funcionarios
·
Encargado/a
técnico del área donde se realice la promoción.
El
Asesor Jurídico regional obrará como ministro de fe de la Comisión.
Las
resoluciones de la Comisión
deberán ser fundadas y registradas en un acta firmada por todos sus
miembros.
Los/las Jefes/as de Oficinas, que
hayan ingresado por concurso de Alta Dirección Pública, que dejen su cargo y pasen a la contrata por decisión directiva, se les respetará el concurso. Sin embargo,
deberán incorporarse a la contrata en el grado menor correspondiente a su
estamento.
Los/las Jefes/as de Oficinas que hayan
ingresado a esa función sin concurso y que dejen su cargo, dejan de ser
funcionarios. Sin embargo podrán postular a los concursos.
Los/las Jefes/as de Oficinas que hayan
sido previamente funcionarios a
contrata, deben volver a su grado original al dejar su cargo directivo.
Los criterios de evaluación para la promoción son los
siguientes:
1. Antigüedad
en calidad de contrata en el grado actual
(20%)
El puntaje se asignará por
tramos:
·
Hasta
un año cumplido: 5 puntos
·
Hasta
3 años: 10 puntos
·
Hasta
4 años: 20 puntos
·
Hasta
5 años: 30 puntos
·
Más
de 5 años: 40 puntos
Los puntajes serán ponderados dentro
del % del criterio correspondiente.
2. Antigüedad
en calidad de contrata dentro del Servicio (20%)
El puntaje se asignará por tramos:
·
De 0 a 5 años cumplidos: 5 puntos
·
De 6 a 10 años cumplidos: 10 puntos
·
De 11 a 15 años cumplidos: 15 puntos
·
De 16 a 20 años cumplidos: 24 puntos
·
De 21 o más años cumplidos: 30 puntos
Las personas que hayan sido contratadas
en calidad de honorarios previamente a su ingreso a la contrata se contabilizará un año por cada año que permaneció a
honorarios. Este criterio sólo será
válido para su primera promoción o ascenso.
Los puntajes serán ponderados dentro
del % del criterio correspondiente.
3. Antigüedad
en la calidad de contrata dentro del Servicio con permanencia en la Región (10%)
El puntaje se asignará por tramos:
·
De 0 a 5 años cumplidos: 5 puntos
·
De 6 a 10 años cumplidos: 10 puntos
·
De 11 a 15 años cumplidos: 15 puntos
·
De 16 a 20 años cumplidos: 24 puntos
·
De 21 o más años cumplidos: 30 puntos
Las personas que hayan sido contratadas
en calidad de honorarios, previamente al ingreso se les contabilizará un año
por cada año que permaneció a honorarios dentro de la Región. Este criterio
sólo será válido para su primera promoción o ascenso.
Los puntajes serán ponderados dentro
del % del criterio correspondiente.
4. Evaluación
del desempeño del personal: (20%)
Se aplicará las notas del proceso de
calificación reglamentario vigente.
Los puntajes serán ponderados dentro
del % del criterio correspondiente.
5. Prueba
de conocimiento generales (30%)
La prueba deberá ser elaborada por la Comisión Evaluadora,
resguardando la reserva de la misma.
A lo menos con quince días hábiles de anticipación, la comisión
deberá entregar a los /las postulantes, el material o los enlaces de internet
para acceder a los contenidos de los bloques temáticos que se indican:
·
Conocimientos
específicos del área temática en la
cual se desempeña o desempeñará.
·
Conocimientos
generales de normativa del Servicio (Ley Orgánica, estructura y funciones, etc)
y del quehacer institucional.
·
Conocimiento
de normativa generales aplicables a la administración del estado (Estatuto
Administrativo, Ley de Probidad y Ley de Transparencia)
La elaboración y aplicación de las
pruebas de evaluación, será de responsabilidad de la Comisión de Ingreso
y Promoción (CIP).
La prueba de conocimientos será de selección
múltiple y completación breve. Cada bloque temático será de 15
preguntas. Cada pregunta valdrá un punto. Las notas se expresarán en puntajes.
Los puntajes serán ponderados dentro
del % del criterio correspondiente.
Las pruebas serán confeccionadas para
cada uno de los procesos de promoción.
Se entenderá como aprobación de la
evaluación el 60%.
El criterio de desempate será el
siguiente: antigüedad en el grado actual, antigüedad dentro del servicio,
antigüedad en la región.
La cantidad de personas que podrán ser
promovidas en cada proceso, estará dado de acuerdo a la cantidad de personas
que puedan participar en cada estamento.
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